A través de esta página, puedes enviar información sobre asuntos reprensibles o reportar acciones poco éticas, ilegales o que violen las políticas internas. Este sistema debe utilizarse para sacar a la luz asuntos que de otro modo no habrían salido a la luz.
Se puede reportar de forma confidencial indicando el nombre y la información de contacto o, si se desea, de forma 100% anónima. Todas las consultas se tratan de forma confidencial y segura.
A través de este canal puedes comunicar, de forma segura y confidencial, posibles infracciones legales, incumplimientos del Código Ético o de las políticas internas de Berger-Levrault, así como cualquier otra conducta irregular de la que hayas tenido conocimiento en un contexto laboral o profesional.
Este es el canal habilitado por Berger-Levrault para la recepción de comunicaciones internas, incluidas, entre otras, las relativas a fraude, corrupción, conflictos de interés, acoso sexual o por razón de sexo y otros incumplimientos normativos o de las políticas internas de la compañía.
Las comunicaciones pueden realizarse de forma identificada o anónima y serán tratadas de manera confidencial. En función de la naturaleza de los hechos comunicados, se aplicará el procedimiento o protocolo interno que corresponda.
Para presentar una comunicación, pulsa sobre el botón «Cuéntanos tu caso», situado al final de esta página.
Se recomienda que las comunicaciones observen los requisitos siguientes:
- Proporcionar toda la documentación disponible sobre la situación que se comunica, o indicios objetivos para obtener las pruebas, sin que se puedan emprender actuaciones fundamentadas solo en opiniones. A tal efecto se incorpora un formulario para la comunicación.
- Tener una certeza razonable de la información que se traslada.
- No se admitirán las comunicaciones que carezcan de fundamento o sean notoriamente falsas.
Recibida la información, se procederá a su registro en el Sistema de Gestión de Información, y se procederá al envío de acuse de recibo de la comunicación al informante, en el plazo de siete días naturales siguientes a su recepción, salvo que ello pueda poner en peligro la confidencialidad de la comunicación o que el informante expresamente haya renunciado a recibir comunicaciones relativas a la investigación.
El responsable de la tramitación decidirá, en un plazo que no podrá ser superior a diez días desde la fecha de entrada en el registro de la información:
– Inadmitir o admitir la comunicación, dando traslado al informante en el plazo de cinco días, de la decisión adoptada.
– Remitir la información al Ministerio Fiscal cuando los hechos pudieran ser indiciariamente constitutivos de delito o a la autoridad, entidad u organismo que se considere competente para su tramitación.
Admitida la comunicación, la instrucción comprenderá todas aquellas actuaciones encaminadas a comprobar la verosimilitud de los hechos relatados. El plazo máximo para dar respuesta a las actuaciones de investigación no podrá ser superior a dos/tres meses a contar desde la recepción de la comunicación.
Concluidas todas las actuaciones, el instructor emitirá un informe, en virtud del cual el Responsable del Sistema de Información adoptará alguna de las siguientes decisiones:
- a) Archivo del expediente.
- b) Remisión al Ministerio Fiscal.
- c) Adopción de acuerdo de inicio de un procedimiento sancionador.
El plazo para finalizar las actuaciones y dar respuesta al informante, en su caso, no podrá ser superior a tres meses desde la entrada en registro de la información. Cualquiera que sea la decisión, se comunicará al informante, salvo que haya renunciado a ello o que la comunicación sea anónima.
El Sistema Interno de Información garantiza la confidencialidad de las mismas, en los términos previstos en las leyes, así como la protección de derechos de informantes y denunciados.
Las personas que comuniquen o revelen infracciones tendrán derecho a protección siempre que tengan motivos razonables para pensar que la información referida es veraz en el momento de la comunicación o revelación, aun cuando no aporten pruebas concluyentes.
Se prohíben expresamente los actos constitutivos de represalia, incluidas las amenazas de represalia y las tentativas de represalia contra las personas que presenten una comunicación conforme al presente procedimiento.
Procedimiento de Consulta y Denuncia
Canal de denuncias (acoso sexual o por razón de sexo)
Pulsa el siguiente botón para realizar tu comunicación.